Cómo rellenar el formulario de localización en español
Desde el 4 de mayo de 2020, y tras su publicación en el BOE, es obligatorio el uso de mascarillas que cubran la nariz y la boca para los pasajeros mayores de 6 años. Sólo están permitidas las mascarillas quirúrgicas o de protección superior sin válvula de exhalación. Se recomienda consultar las sugerencias del fabricante para realizar los cambios correspondientes. Sólo deben llevarse a bordo en los vuelos con destino o procedencia de un país que exija su uso en el transporte público con los recambios necesarios para estar protegido durante todo el vuelo hasta la salida del edificio terminal del aeropuerto de destino.
Aquellos pasajeros que excepcionalmente y por enfermedad pulmonar severa con un umbral de capacidad vital forzada (CVF) previsto del 55% y un umbral de DLCO del 40% o con un índice GAP superior a 5 o discapacidades psíquicas o físicas que no permitan el uso adecuado de una mascarilla, deberán enviar un correo electrónico, antes de las 48 horas previas a la salida del vuelo, adjuntando este certificado médico que lo acredite y emitido como máximo 2 meses antes de la fecha del vuelo a requerimientomedico@air-europa.com. Para poder viajar, deberá haber realizado este trámite y presentar en cualquier mostrador de Air Europa en el aeropuerto, el día del vuelo, un certificado negativo de una prueba de PCR realizada dentro de las 48 horas anteriores a la salida, además de las pruebas sanitarias y la documentación exigida por las autoridades locales de su destino.
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Los pasajeros que lleguen a España por AIRE (excepto los niños menores de 12 años y los pasajeros en tránsito internacional) procedentes de países que NO pertenecen a la Unión Europea o que NO son considerados países asociados a Schengen, deben estar en posesión de uno de estos documentos:
procedentes de países que NO pertenecen a la Unión Europea o NO son considerados países asociados a Schengen, deben estar en posesión de uno de los certificados sanitarios exigidos (vacunación, recuperación o prueba diagnóstica), ya sea un DCE/equivalente UE u otro tipo, sin que se les exija rellenar un formulario de control sanitario.
* En base al artículo 5.2. del Acuerdo de Adhesión del Reino de Dinamarca al Convenio de aplicación del Acuerdo de Schengen de 14 de junio de 1985 relativo a la supresión gradual de los controles en las fronteras comunes firmado en Schengen el 19 de junio de 1990, los pasajeros procedentes de Groenlandia y de las Islas Feroe no estarán sujetos a controles fronterizos.
(excepto los niños menores de 12 años y los que estén en tránsito internacional), procedentes de países que NO pertenecen a la Unión Europea o que NO se consideran países asociados a Schengen, deben tener uno de estos documentos:
Cómo rellenar el formulario FCS para viajar a España
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*Viajar por España: Deberá seguir los consejos de las autoridades locales sobre la mejor manera de protegerse a sí mismo y a los demás, incluyendo las medidas que establezcan para controlar el virus. A partir de las 12:01 horas del 9 de mayo de 2021, finalizará el segundo Estado de Emergencia a nivel nacional declarado por el gobierno español el 25 de octubre de 2020, sin embargo, algunas restricciones y toques de queda seguirán en vigor y pueden variar según las regiones. El uso obligatorio de mascarillas en los espacios públicos, el distanciamiento social y las normas de higiene y ventilación del aire deberán seguir respetándose en todo momento.
El uso de mascarillas sigue siendo obligatorio para cualquier persona mayor de 6 años en todos los medios de transporte público de España y en muchos otros espacios públicos interiores y exteriores. Las normas específicas sobre el uso de mascarillas pueden variar según la región.
Cómo rellenar el formulario FCS para viajar a España
VIAJAR A ESPAÑATodos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea (excepto los menores de 12 años y los que estén en tránsito internacional), independientemente del país de origen, incluidos los españoles que regresen a su país, deben disponer de uno de estos documentos:
Los pasajeros que lleguen a España por vía marítima también deben estar en posesión de uno de los certificados sanitarios obligatorios (de vacunación, de recuperación o de prueba diagnóstica), ya sea un DCE/equivalente de la UE o de otro tipo, sin que sea necesario cumplimentar el formulario de control sanitario.
Se puede acceder al Formulario de Control Sanitario obligatorio del FCS tanto desde la página oficial del gobierno español spth.gob.es como descargando la app Spain Travel Health-SpTH, disponible en la misma página. Al cumplimentar el Formulario de Control Sanitario, se le entregará un código QR personal e intransferible que deberá mostrar (electrónicamente o en papel) en los controles sanitarios del aeropuerto a su llegada. Cualquier persona que no haya rellenado este formulario electrónicamente puede presentarlo en formato papel
Descargo de responsabilidad: Tenga en cuenta que esta situación es incierta y evoluciona, y que podrían introducirse nuevas restricciones en poco tiempo. Aunque nos esforzamos por mantenerla actualizada, no podemos asumir ninguna responsabilidad por la integridad y exactitud de esta información. Se aconseja a cualquier persona que tenga intención de viajar a España que confirme las condiciones y restricciones vigentes con su operador turístico, compañía aérea y proveedor de alojamiento antes de viajar.
