Inmigración a Panamá

Los ciudadanos estadounidenses que viajen por aire, carretera o mar deben presentar un pasaporte válido al entrar o salir de Panamá. Los ciudadanos estadounidenses que salgan o vuelvan a entrar en los Estados Unidos deben presentar igualmente un pasaporte válido. La información completa sobre cómo obtener un pasaporte estadounidense está disponible en la página de información sobre pasaportes en travel.state.gov o llamando al 1-877-4USA-PPT (1-877-487-2778).

La legislación panameña exige que los viajeros de nacionalidad estadounidense presenten un pasaporte que tenga una validez restante de al menos tres meses o un pasaporte con visado panameño, y que el visado tenga una validez restante de al menos seis meses.

Si su pasaporte no tiene la validez requerida, no se le permitirá salir del aeropuerto o entrar en Panamá, y será devuelto a su punto de partida en los EE.UU. en el siguiente vuelo con asientos disponibles.

Al llegar a Panamá, los turistas deben presentar un billete o tarifa de ida y vuelta a su país de origen o al siguiente destino. Panamá también requiere una tarjeta de embarque internacional completada que es proporcionada por la aerolínea y presentada por el viajero en el punto de inmigración. Además de esto, se debe presentar no menos de quinientos balboas ($500.00) en efectivo o su equivalente como prueba de solvencia financiera. Además de efectivo, los viajeros pueden mostrar una tarjeta de crédito (con el extracto más reciente de la tarjeta de crédito), una referencia bancaria, una carta de empleo o un cheque de viaje. Tenga en cuenta que los funcionarios de inmigración de la frontera entre Panamá y Costa Rica están haciendo más estrictos los requisitos de entrada de turistas. Los viajeros que tengan previsto entrar/salir por la frontera entre Panamá y Costa Rica deben estar preparados para presentar todos los documentos requeridos a los funcionarios de inmigración.

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Países sin visado de Panamá

El gobierno de EE.UU. tiene una capacidad limitada para proporcionar servicios de emergencia a los ciudadanos estadounidenses en esta región, ya que el personal del gobierno de EE.UU. debe obtener una aprobación previa antes de viajar allí y se enfrentan a restricciones adicionales antes de que dicho viaje sea aprobado.

El gobierno de EE.UU. tiene una capacidad limitada para proporcionar servicios de emergencia a los ciudadanos estadounidenses en estas regiones, ya que el personal del gobierno de EE.UU. debe obtener una aprobación previa antes de viajar allí y se enfrentan a restricciones adicionales antes de que se apruebe dicho viaje.

Estancia de 180 días-Los turistas sólo pueden permanecer en Panamá durante 180 días. Esta regla es estrictamente aplicada por la inmigración panameña. Los viajeros deben asegurarse de que los funcionarios de inmigración pongan un sello de entrada en su pasaporte.    Para más información, póngase en contacto con el Servicio de Migración del Gobierno de Panamá.

Restricciones por VIH/SIDA: Existen algunas restricciones de entrada por VIH/SIDA para visitantes y residentes extranjeros en Panamá.    La inmigración panameña no exige una prueba de VIH/SIDA. La Embajada de los Estados Unidos no tiene conocimiento de ningún ciudadano estadounidense que haya sido deportado debido al VIH/SIDA.    Por favor, verifique esta información con la Embajada de Panamá antes de viajar.

Requisitos de entrada en Panamá

El gobierno de Estados Unidos tiene una capacidad limitada para proporcionar servicios de emergencia a los ciudadanos estadounidenses en esta región, ya que el personal del gobierno de Estados Unidos debe obtener una aprobación previa antes de viajar allí y se enfrentan a restricciones adicionales antes de que dicho viaje sea aprobado.

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El gobierno de EE.UU. tiene una capacidad limitada para proporcionar servicios de emergencia a los ciudadanos estadounidenses en estas regiones, ya que el personal del gobierno de EE.UU. debe obtener una aprobación previa antes de viajar allí y se enfrentan a restricciones adicionales antes de que se apruebe dicho viaje.

Estancia de 180 días-Los turistas sólo pueden permanecer en Panamá durante 180 días. Esta regla es estrictamente aplicada por la inmigración panameña. Los viajeros deben asegurarse de que los funcionarios de inmigración pongan un sello de entrada en su pasaporte.    Para más información, póngase en contacto con el Servicio de Migración del Gobierno de Panamá.

Restricciones por VIH/SIDA: Existen algunas restricciones de entrada por VIH/SIDA para visitantes y residentes extranjeros en Panamá.    La inmigración panameña no exige una prueba de VIH/SIDA. La Embajada de los Estados Unidos no tiene conocimiento de ningún ciudadano estadounidense que haya sido deportado debido al VIH/SIDA.    Por favor, verifique esta información con la Embajada de Panamá antes de viajar.

Renovación del pasaporte en Panamá

Los visitantes de Panamá necesitan un visado, a menos que puedan acogerse a la exención de visado para terceros países para estancias de hasta 30 días, ya sea por poseer un visado de visitante válido (utilizado al menos una vez para entrar) o un visado de residente para cualquiera de las siguientes naciones: Reino Unido, Estados Unidos, Canadá, la UE, Australia, Japón, Singapur, Corea del Sur; o si son ciudadanos de uno de los países elegibles que no requieren visado para estancias de hasta 90 días; hasta 180 días para los visitantes que sean ciudadanos de Estados Unidos o Canadá. Todos los visitantes deben estar en posesión de un pasaporte válido durante al menos 3 meses antes de la fecha de caducidad[1].

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El 28 de diciembre de 2016, el presidente Juan Carlos Varela decretó que las autoridades migratorias del Servicio Nacional de Migración emitirán visas de turista válidas por un plazo no mayor a 90 días (tres meses);[2] sin embargo, posteriormente se aclaró que no cambiaba la situación de quienes pueden ingresar sin visa por 180 días.[3][4]

Sin embargo, el 1 de septiembre de 2021, el Servicio Nacional de Migración de Panamá informó que a los ciudadanos extranjeros que visiten Panamá se les permite una estadía máxima de noventa (90) días para quienes puedan ingresar sin visa según la Res. 22068,[5] sin embargo a los ciudadanos de Estados Unidos o Canadá se les sigue permitiendo una estadía máxima de ciento ochenta (180) días sin visa según la Res. 22706[6] publicada el 10 de septiembre de 2021, aduciendo reciprocidad.

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