Cómo empaquetarlos correctamente en su equipaje facturado.

¿Está pensando en llevar su arma de mano cuando salga a la carretera a través de las fronteras estatales? Dependiendo del lugar al que se dirija, puede llevar su arma de fuego sin infringir la ley. Lo más importante que puede hacer al viajar con un arma de fuego es seguir de cerca todas las leyes vigentes y consultar a un abogado si no tiene algo claro. Elija siempre el arma de mano o la funda de pistola adecuada para estar seguro y cumplir con la ley durante el viaje.

Lo más importante que debe saber es que las leyes sobre armas de fuego para vehículos varían mucho de un estado a otro. Su permiso de portación oculta (CCW) fue emitido por el estado, no por el país, lo que significa que puede no ser reconocido en otro estado. Es su obligación seguir todas las leyes establecidas por cualquier estado en el que entre o viaje, no importa lo breve que sea su visita.

Entender la reciprocidad CCW estado por estado es un primer paso importante para determinar cómo puede viajar con su arma de fuego. Si va de un estado a otro que reconoce su permiso, por ejemplo, de Alabama a Carolina del Sur, puede llevar su arma sin problemas. Sin embargo, si pasa por un estado en el que su permiso no es reconocido, estará infringiendo la ley si hace algo más que simplemente pasar por allí.

Consejos para viajar con armas de fuego y piezas

Las leyes sobre la posesión de armas de fuego difieren según los estados y países. Compruebe los requisitos de su destino antes de viajar. Póngase en contacto con Reservas para conocer los requisitos de los viajes internacionales y si alguna parte de su viaje es operada por otra compañía aérea.

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Dentro de Estados Unidos, sólo puede viajar con armas de fuego y munición, incluidas las pistolas de balines y de aire comprimido, en su equipaje facturado si es mayor de 18 años. Debe facturarlas con un agente en el momento de la facturación y declarar que viaja con armas de fuego y munición.

En el embalaje original del fabricante o en un embalaje específicamente diseñado para transportar pequeñas cantidades de munición (de fibra, madera o metal), con un máximo de 11 libras (5 kgs) por contenedor o cliente. No se aceptan municiones sueltas o en cargadores o clips.

Todas las Fuerzas de Seguridad (LEO) que vuelen armadas están obligadas a facturar con un agente de aeropuerto de American Airlines. Los LEOs estatales, locales y territoriales que vuelen armados deben enviar un mensaje del Sistema Nacional de Telecomunicaciones para el Cumplimiento de la Ley (NLETS) durante la facturación en el aeropuerto al agente de aeropuerto de American Airlines. El mensaje NLETS enviado por la agencia empleadora sustituye a la carta de autorización original, firmada por el jefe o el director de la agencia, requerida bajo el 49 CFR 1544.219. Una vez que la TSA reciba el mensaje NLETS, se enviará un mensaje NLETS de retorno a la agencia empleadora con un identificador alfanumérico único de ocho caracteres para su verificación en el aeropuerto el día del viaje. Los procedimientos actuales para los LEO federales que vuelan armados no cambian.

Consejos de viaje: Viajar con armas de fuego

Los artículos prohibidos incluyen armas como armas de fuego, cuchillos, nudillos de bronce, que no pueden estar en el equipaje de mano. Si se encuentran, se llevarán para su destrucción por la TSA. La primera infracción típica por llevar un arma de fuego cargada en un puesto de control es de 4.100 dólares y puede llegar hasta 13.669 dólares, dependiendo de cualquier circunstancia atenuante. Esto se aplica a los viajeros con o sin permisos de portación de armas ocultas, porque aunque una persona pueda tener un permiso de portación oculta, no permite llevar un arma de fuego en un avión.

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La TSA busca evitar las armas de fuego y los explosivos. Para transportar armas de fuego, éstas deben estar descargadas y encerradas en un contenedor rígido como equipaje facturado únicamente. Debe declarar el arma de fuego y/o la munición a la compañía aérea cuando facture su maleta en el mostrador de billetes. Asegúrese de que el contenedor es seguro para que no se pueda acceder al arma de fuego. No se permiten las cajas cerradas que puedan abrirse fácilmente. Póngase en contacto con la TSA si tiene alguna pregunta sobre la normativa de la TSA relativa a las armas de fuego que puede o no puede transportar en su equipaje de mano o facturado.

Viajar con armas de fuego

Recomendamos encarecidamente a los viajeros que lleven un mínimo de 4 copias de TODOS los documentos importantes. Esto incluye elementos como el pasaporte, el itinerario, la prueba de cobertura del seguro, el documento 4457, la declaración de armas de fuego o el permiso de tránsito, el visado y la carta de invitación.

Las personas que salgan de EE.UU. hacia destinos internacionales deben tener una prueba de propiedad para las armas de fuego u otros objetos de valor. De lo contrario, es posible que tenga que pagar impuestos sobre el artículo cada vez que lo traiga de vuelta a EE.UU., a menos que pueda demostrar que lo poseía antes de salir de viaje. Los documentos que describen completamente el artículo -como los recibos de compra- son formas aceptables de prueba.

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Para facilitar las cosas, puede registrar ciertos artículos en la CBP antes de salir, especialmente las armas de fuego, siempre que tengan números de serie u otras marcas únicas y permanentes. Lleve los artículos a la oficina del CBP más cercana y solicite un Certificado de Registro de Efectos Personales llevados al extranjero (formulario CBP 4457). Este certificado demuestra que usted tenía los artículos con usted antes de salir de los Estados Unidos y todos los artículos enumerados en él se permitirán la entrada libre de impuestos. Los funcionarios del CBP deben ver el artículo que está registrando para poder certificar el certificado de registro. Este es un formulario de por vida para el propietario que figura en él, así que guarde el certificado para futuros viajes. Consulte el siguiente enlace para obtener información sobre cómo encontrar una oficina del CBP cerca de usted y también su horario de atención.

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