Cinco años de permiso para que los funcionarios trabajen en el extranjero

La Circular Administrativa nº 33 titulada “Viajes de servicio”, aprobada por el Director General tras el examen y la recomendación de la Comisión Permanente de Concertación mediante procedimiento escrito el 26 de noviembre de 2019, ya está disponible en el siguiente enlace: https://cds.cern.ch/record/2703986.

La nueva circular establece las condiciones y el procedimiento para la autorización, organización y ejecución de los viajes de servicio, incluidas las normas relativas a la reserva y el pago del transporte y el alojamiento. También explica las modalidades relativas al pago de las dietas de viaje, que están destinadas a cubrir el alojamiento, las comidas y los gastos diversos. Las disposiciones de esta circular racionalizan la administración y el reembolso de los viajes de servicio.

Si bien la circular entra en vigor en enero de 2020, los instrumentos y procesos de apoyo se aplicarán de forma gradual. Los principales cambios que deben tener en cuenta todos los miembros del personal son que, a partir de ahora

2) Todo el transporte deberá reservarse a través de la herramienta de reservas en línea del CERN o de su empresa de gestión de viajes, CWT. Durante la primera fase de la implantación, la nueva herramienta de reservas en línea estará disponible únicamente para los organizadores y gestores de viajes. En una fase posterior, la herramienta estará disponible para todos los viajeros y se utilizará para reservar transporte y alojamiento.

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Este Anexo entra en vigor el 1 de julio de 2019 y se mantiene hasta la renovación del convenio colectivo. En resumen, esta Circular prevé el pago, por parte del establecimiento que te acoge en rotación, de los gastos de viaje, alojamiento y manutención para las rotaciones obligatorias realizadas a más de 50 kilómetros de tu base de origen, es decir, el establecimiento donde se realizan la mayoría de tus rotaciones o un grupo universitario de medicina de familia (GMF-U). Tiene derecho a ello: Además, si realiza la mayor parte de su formación en un grupo universitario de medicina de familia (GMF-U) en una región remota (véase el Anexo I de la Circular), será alojado por su GMF-U y, si no es así, recibirá 580 dólares por período de rotación para el alojamiento, así como los gastos de viaje y manutención aplicables durante las rotaciones realizadas en ese GMF-U.Los procedimientos de reembolso varían de un establecimiento a otro, y tendrá que informarse de ellos en el establecimiento que le acoge en la rotación. Dicho esto, es probable que tenga que rellenar un formulario y presentar documentos justificativos para recibir sus reembolsos.

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Para los miembros del personal y los becarios, la definición del lugar de residencia se rige por las disposiciones del artículo R II 1.25 del Estatuto de los funcionarios y su ubicación se determina cuando se establece su contrato.

El departamento de RRHH se hace cargo de los derechos de viaje de los miembros del personal a la finalización de su contrato y puede ser consultado por las secretarías departamentales en HRT (Menú de planificación; informes: derechos de llegada y derechos de salida).

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Además, la secretaría departamental debe comprobar con el miembro del personal que su cuenta bancaria sigue abierta. Si no es así, el miembro del personal debe comunicar los datos de su cuenta bancaria a través del documento de EDH Coordonnées bancaires / Datos bancarios. Si su contrato ha finalizado hace más de dos meses, el antiguo miembro del personal deberá comunicar sus datos bancarios a la secretaría, que los adjuntará a la Demande de remboursement pour voyages d’arrivée et de départ / Solicitud de llegada y salida y lo especificará en los comentarios.

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Asunto:  Aclaración sobre las disposiciones del Decreto Ejecutivo Nº 151 de fecha 19 de marzo de 1987, desarrollado por la Circular de Presupuesto Nacional Nº 391 de fecha 6 de octubre de 1987 Fecha de firma:  2 de marzo de 1988MCs relacionados:  MC-1988-019MC-1990-032

Asunto:  Circular presupuestaria nacional núm. 391 de fecha 6 de octubre de 1987 para la aplicación de las directrices de la Orden ejecutiva núm. 151 de fecha 19 de marzo de 1987 “por la que se autoriza a determinadas empresas de la Administración nacional a continuar con la práctica del pago de dietas de viaje sobre la base de la tradición de años anteriores “Fecha de firma:  25 de enero de 1988

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Asunto:  Circular del Presupuesto Nacional No. 385 de fecha 12 de noviembre de 1986 para la implementación de la Orden Ejecutiva No. 53 de fecha 29 de octubre de 1986 titulada “Aumento del monto de los viáticos de los funcionarios y empleados del gobierno, incluyendo las unidades del gobierno local”:  8 de enero de 1987

Asunto:  Circular Presupuestaria Nacional No. 391-A, de fecha 29 de junio de 1989, relativa a la modificación de las disposiciones del subpárrafo 5.3 de la Circular Presupuestaria Nacional No. 391, relativa a la aplicación de las directrices de la Orden Ejecutiva No. 151, de fecha 19 de marzo de 1987, por la que se autoriza a determinadas empresas de la Administración Pública Nacional a continuar con la práctica del pago de dietas de viaje sobre la base de la tradición de años anteriores:  8 de agosto de 1989

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