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En ocasiones, se puede pedir a los residentes permanentes de EE.UU. que entreguen su tarjeta de residente permanente y/o su pasaporte en el momento de la facturación. Este documento será devuelto al finalizar la inspección de inmigración en el momento del desembarque.
A partir del 3 de mayo de 2023, el Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU. exigirá a todos los residentes de los estados y territorios que presenten una licencia de conducir que cumpla con la norma REAL ID u otra forma de identificación aceptable, como un pasaporte o una licencia de conducir mejorada, para pasar por el control de seguridad del aeropuerto y embarcar en un vuelo dentro de los EE.UU. Si va a volar a uno de nuestros puertos de origen de cruceros dentro de los EE.UU. en o después de esta fecha de implementación, asegúrese de tener un documento aceptable para su viaje aéreo. Visite www.tsa.gov/real-id para obtener más información. Este requisito se aplica a los viajeros aéreos mayores de 18 años.
Las tarjetas que cumplen con el Real ID tendrán una estrella en la parte superior de la tarjeta. Si la tarjeta no tiene esta marca, no es compatible con REAL ID y no será aceptada como prueba de identidad para viajar en avión dentro de los Estados Unidos.
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Algunos países exigen que se obtenga una autorización oficial (llamada visado) antes de entrar en el país. Normalmente se exige una tasa. Usted es responsable de obtener los visados necesarios. Si no dispone de los documentos de visado adecuados, se le podría denegar el embarque sin compensación.
Todos los viajeros del Programa de Exención de Visado están obligados a obtener una autorización de viaje electrónica antes de embarcar en una compañía aérea para viajar por aire o por mar a Estados Unidos en el marco del Programa de Exención de Visado. Por favor, visite el Departamento de Seguridad Nacional para solicitarla. Tenga en cuenta que puede denegarse el embarque a los viajeros procedentes de países del VWP que no tengan pasaportes de lectura mecánica.
Es su responsabilidad determinar y cumplir los requisitos de pasaporte y visado aplicables a su situación de viaje. Las preguntas sobre la normativa vigente pueden dirigirse a su agente de viajes. Se puede denegar el embarque y se pueden imponer multas a aquellos huéspedes que no tengan la documentación adecuada. El pago de las multas impuestas es responsabilidad del pasajero.
Marcar esto como información personal
Sugerimos que todo el equipaje sea desbloqueado antes de entregarlo a los porteros para evitar cualquier inconveniente o retraso en la entrega del equipaje a su camarote. Para obtener información adicional, consulte los términos y condiciones del Contrato de Billete de Crucero.
Los siguientes artículos no pueden ser sacados del barco en los Estados Unidos durante el crucero o el día de desembarque. La Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras de los Estados Unidos (CBP) realiza inspecciones agrícolas para proteger a los Estados Unidos de posibles portadores de plagas o enfermedades de animales y plantas que podrían causar graves daños a los cultivos, el ganado, las mascotas y el medio ambiente de los Estados Unidos.
Para los cruceros que comienzan y terminan en un puerto de EE.UU., los siguientes documentos conformes con la WHTI son aceptables para viajar en crucero. Estas formas estándar de documentación permitirán al Departamento de Seguridad Nacional identificar de forma rápida y fiable a un viajero. Si el documento que cumple con la WHTI no lleva foto, se requiere una identificación con foto (una identificación con foto válida y no vencida emitida por el gobierno para todos los huéspedes de 16 años o más). Si el crucero incluye un viaje en avión hacia o desde Canadá, se requiere un pasaporte estadounidense válido y no caducado.
Documentos de viaje de Royal Caribbean
Todos los pasajeros de la línea de cruceros deben presentar la documentación de viaje adecuada al subir al barco. Debido a que los requisitos de documentación varían según la ciudadanía y la residencia de cada pasajero (así como los puertos específicos que visita su crucero), es su responsabilidad determinar qué documentación se requiere y adquirirla antes del crucero. Ni la compañía de cruceros ni su agente de viajes pueden hacerlo por usted. Cualquier pasajero que no presente la documentación requerida no podrá embarcar y la línea de cruceros no emitirá un reembolso.
NOTA: Los requisitos de documentación son complejos y pueden estar sujetos a cambios en cualquier momento. Por lo tanto, todos los pasajeros de cruceros deben visitar www.travel.state.gov (Departamento de Estado de EE.UU.) u otra fuente autorizada para conocer los últimos requisitos de pasaporte y visado, así como cualquier aviso de viaje al extranjero.
Para los cruceros a Alaska, Bahamas, Bermudas, Canadá/Nueva Inglaterra, el Caribe o México, los ciudadanos estadounidenses y canadienses deben tener un pasaporte válido*, una tarjeta de pasaporte estadounidense, una tarjeta de viajero de confianza (como NEXUS, SENTRI o FAST) o un permiso de conducir mejorado (que está disponible en varios estados y provincias). Sin embargo, si el crucero a estos destinos parte y regresa de ida y vuelta al mismo puerto de EE.UU. (cruceros de “circuito cerrado”), los ciudadanos estadounidenses pueden presentar en su lugar un certificado de nacimiento original emitido por el gobierno o una copia certificada (con sello en relieve) emitida por el Departamento de Estadísticas Vitales más, si tienen 16 años o más, una identificación con foto emitida por el gobierno (como una licencia de conducir válida). NOTA: No se aceptan los certificados de nacimiento ni los certificados de bautismo emitidos por el hospital.